El INAES oficializó, mediante las resoluciones 3034/24, 3036/24 y 3037/24, una serie de modificaciones relativas a los servicios de crédito y de ayuda económica mutual, teniendo en cuenta las nuevas normas de prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Estas resoluciones han modificado los requisitos que las entidades cooperativas y mutuales deben cumplimentar para la prestación de estos servicios, considerando la nueva normativa definida por la Unidad de Información Financiera y las recomendaciones del GAFI en la materia.
Asimismo, se ha considerado la utilización de medios tecnológicos, tanto para las operaciones como para la validación de identidad, como las billeteras electrónicas o plataformas digitales, así como modificaciones en cuanto a requisitos tendientes a preservar la solvencia y liquidez del sistema y mayor agilidad, transparencia y desarrollo tecnológico a los servicios de cooperativas y mutuales.
Todas las resoluciones establecen que los expedientes que se encuentren en trámite actualmente, deberán ser adecuados a los términos de las mencionadas disposiciones.
Según se dejó asentado, todas estas novedades entrarán en plena vigencia un día posterior a su publicación oficial.
Fuente: Argentina.gob.ar.
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