El origen y la historia de la Mutual 5110 de la provincia de Santa Fe “están ligados a las políticas sociales implementadas durante todos estos años por los gobiernos de la provincia de Santa Fe y su vinculación con los sectores más empobrecidos de la sociedad”, explican desde la mutual.
“La incorporación de nuevos servicios y la mayor o menor demanda de los mismos, siempre se relacionaron con las necesidades de los pensionados y su grupo familiar que el Estado no puede resolver”, agregaron.
Y después ampliaron: “Durante el mandato del gobernador Joaquín Argonz (1941-1943) tuvo lugar la creación del ‘Departamento Provincial de Asistencia a Social a la Vejez, Invalidez, Madres y Huérfanos’. En ese marco, el primer beneficiario del programa fue Eulogio Gómez del costero distrito de La Guardia en la ciudad de Santa Fe, el 26 de diciembre de 1942”.
Dicho organismo tuvo vigencia hasta el año 1985, cuando fue reemplazado por la “Caja de Pensiones Sociales de la Provincia de Santa Fe” mediante la sanción de la Ley 5.110 durante el gobierno de José María Vernet (1983-1987). La misma se propuso como objeto prestar asistencia social mediante el otorgamiento de pensiones a ancianos, inválidos/as, madres y menores indigentes.
Durante el período que continúa con el mandato del gobernador Víctor Félix Reviglio (1987-1991) se crea el denominado “Plan Arco Iris” a través del cual los beneficiarios de la Ley 5.110 gozaban de una obra social que les permitía acceder al sistema privado de salud y otros beneficios principalmente destinados a los menores desamparados gracias a un convenio firmado con el IAPOS.
Esta prestación tuvo vigencia hasta los comienzos de la década del ’90 cuando fueron suspendidas como resultado del “achicamiento del gasto público” en la provincia de Santa Fe, consecuencia directa del modelo de políticas neoliberales que comenzaban a aplicarse en nuestro país.
Frente a ello, al ver que los pensionados quedaban desprotegidos y abandonados a su suerte, un grupo de empleados de la Caja comenzó a pensar en una respuesta a la necesidad inmediata. Así surgió la Asociación Mutual de Pensionados Sociales Ley 5.110.
El personal, que para ese momento se encontraba completamente sumido a la búsqueda de soluciones, percibió que sólo el aporte solidario de todos los ciudadanos permitiría que los más desposeídos mejoren su calidad de vida. Así fue que comenzó a incentivar a los propios beneficiarios a que se organicen a través de una mutual.
“Vale aclarar que las asociaciones mutuales son entidades con personería jurídica sin fines de lucro, constituidas libremente por personas inspiradas en la solidaridad con el objeto de brindar colaboración recíproca ante riesgos eventuales y de concurrir a su bienestar material y espiritual mediante una contribución periódica”, aclararon.
Fuente: Redes sociales Mutual 5110.
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